¿La suspensión de estudios me exime del pago de arancel?

Si la suspensión de estudios se realiza hasta la fecha del cierre de la etapa de Inscripción, dada por el Calendario de Docencia, no se genera el cobro de arancel del semestre correspondiente.  

Si la suspensión de estudios se realiza después del cierre de la etapa de inscripción y hasta el plazo dado por el Calendario de Docencia para la suspensión de estudios por razones fundadas, se paga el arancel del semestre completo.